Actualización de Consideraciones respecto del Proceso de Autorización de Instituciones de Tecnología Financiera Publicado por Serafin Ramirez | Feb 9, 2021 | Normatividad PLD, Noticias PLD Compartir en Redes Sociales Entradas Relacionadas: CIRCULAR 37/2020 dirigida a las Instituciones de Crédito e Instituciones de Tecnología Financiera, relativa a las modificaciones a la Circular 4/2019 (Disposiciones de carácter general aplicables a las Instituciones de Crédito e Instituciones de Tecnología Financiera en las operaciones que realicen con activos virtuales). Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera DISPOSICIONES de carácter general aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera. (Continúa en la Quinta Sección). DISPOSICIONES de carácter general a que se refiere el Artículo 58 de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera. DISPOSICIONES de carácter general aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera. (Continúa de la Cuarta Sección). DISPOSICIONES a DISPOSICIONES aplicables a las instituciones de fondos de p plicables a las instituciones de fondos de pago electrónico a que se refieren los artículos 48, segundo párrafo; 54, primer párrafo, y 56, primer y segundo párrafos de la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera. DISPOSICIONES de carácter general relativas a las interfaces de programación de aplicaciones informáticas estandarizadas a que hace referencia la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera. RESOLUCIÓN que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera. (Continúa en la Tercera Sección). RESOLUCIÓN que modifica las Disposiciones de carácter general aplicables a las Instituciones de Tecnología Financiera. (Continúa de la Segunda Sección). DISPOSICIONES de carácter general relativas a las sociedades autorizadas para operar modelos novedosos a que hace referencia la Ley para Regular las Instituciones de Tecnología Financiera.