La iniciativa de reforma a la Ley Antilavado que se encuentra en el Senado, prevé que las actividades vulnerables que tengan un alto riesgo de ser utilizadas como medios para el blanqueo de capitales.
La iniciativa de reforma a la Ley Antilavado que se encuentra en el Senado, prevé que las actividades vulnerables que tengan un alto riesgo de ser utilizadas como medios para el blanqueo de capitales, sean obligadas a contar con un auditor externo que determine la efectividad en el cumplimiento de las medidas de prevención de lavado de dinero y financiamiento al terrorismo.
De acuerdo con la iniciativa, dicha medida estaría en línea con las recomendaciones del Grupo de Acción Financiera Internacional, que establecen que los sistemas antilavado de las empresas que realizan las actividades profesionales no financieras (actividades vulnerables), deben de incluir una función de auditoría independiente para comprobar su efectividad.
“(Se considera) necesario adicionar la fracción XI al artículo 18 de la ley para establecer como obligación de quienes realicen actividades vulnerables, contar con la revisión de un auditor para determinar anualmente la efectividad en el cumplimiento de las obligaciones”, se lee en el dictamen.
Según lo previsto en dicho dictamen, esta obligación sólo sería exigible para los casos en que se identifique un riesgo alto de lavado de dinero, conforme a la evaluación que cada sujeto obligado realice.
En el país, existen alrededor de 97,000 sujetos obligados que realizan una de las 16 actividades vulnerables consideradas en la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, también conocida como ley antilavado, y que son supervisados por el Servicio de Administración Tributaria.
Dentro de las actividades vulnerables se encuentran la comercialización de vehículos aéreos, marítimos o terrestres, la fe pública, el arrendamiento de inmuebles, entre otros. De acuerdo con la segunda Evaluación Nacional de Riesgos, las actividades vulnerables con más riesgo de ser utilizadas como medios de blanqueo de dinero son la compraventa de obras de arte, de metales y piedras preciosas, los servicios de blindaje y la comercialización de vehículos.
Se espera que en los próximos días se discuta dicha iniciativa, que contiene los aspectos más sustanciales de diversas propuestas de legisladores realizadas en los últimos meses, y a la cual la Unidad de Inteligencia Financiera ha dado su aval para que se discuta y apruebe a más tardar en diciembre próximo.
El economista