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A quienes realizan Actividades Vulnerables y a los encargados de
cumplimiento.

Que derivado del Acuerdo por el que se establecen las medidas preventivas que se
deberán implementar para la mitigación y control de los riesgos para la salud
derivados del virus SARS-CoV2 (COVID-19) publicado en el Diario Oficial de la
Federación el 24 de marzo del 2020, la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) y el
Servicio de Administración Tributaria (SAT) solicitan a quienes realizan Actividades
Vulnerables en términos del artículo 17 de la Ley Federal para la Prevención e
Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita, a que
documenten cualquier hecho que pudiera ocasionar el retraso en la presentación de
los Avisos con la finalidad de que, si fuera el caso, puedan solicitar al SAT autorización
para implementar un Programa de Auto Regularización que incluyan los actos u
operaciones realizados a partir del 01 de marzo del 2020 y hasta que concluyan las
medidas preventivas determinadas por el Gobierno de México.

Asimismo se les exhorta para que, en caso de contar con información sobre
irregularidades que detecten relacionadas con la contingencia del COVID-19, la
envíen al correo electrónico contacto_uif@hacienda.gob.mx.

Finalmente, reiteramos que la UIF y el SAT continuarán trabajando para apoyar a
quienes realizan Actividades Vulnerables en el cumplimiento de sus obligaciones en
materia de prevención de lavado de dinero, por el tiempo que dure la contingencia
derivada del COVID-19.

Atentamente,

Unidad de Inteligencia Financiera
México
Secretaría de Hacienda y Crédito

Servicio de Administración Tributaria