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La Secretaría de Hacienda, a través del Servicio de Administración Tributaria (SAT), exigirá a los particulares que vendan inmuebles emitir una factura electrónica que ampare la operación.

Hasta ahora, en la compraventa de propiedades bastaba con la cesión de escrituras ante notario público.

Germán Heberto Pancardo Durán, administrador de Gestión de Servicios y Trámites con Medios Electrónicos del SAT, dijo que el notario que tramite la operación deberá emitir la factura a nombre de la persona que enajene el inmueble como un complemento de pago fiscal.

También deberá retener el ISR de la operación para declararlo a la autoridad fiscal y, en casos en que amerite, también le retendrá el IVA.

Héctor Nava Ramos, presidente del Instituto de Contadores en Servicios Digitales (Incosedi), explicó por separado que estas facturas de operaciones inmobiliarias permitirán al SAT detectar una «discrepancia fiscal» entre los ingresos que genera un contribuyente y el valor de las compras o enajenación de bienes que realice.

La medida también ayudará a detectar operaciones ilícitas conforme a la Ley de Prevención Antilavado.

Reforma

05/03/2018